¡Ley de la Segunda Oportunidad!

¡Aplazando, reduciendo, y cancelando toda tu deuda!

¿Que es la Ley de Segunda Oportunidad? (LSO)

La Ley de la Segunda Oportunidad, es en realidad una reforma operada, entre otras, en la Ley Concursal. La Ley introduce por primera vez en nuestro ordenamiento con carácter general la «exoneración del pasivo insatisfecho».


Así, la nueva ley altera el principio de responsabilidad universal por deudas que hasta ahora regía en nuestro derecho. Concretamente introduce la posibilidad de que determinadas deudas, que el deudor no pueda satisfacer, queden exoneradas.


Especialmente para las personas físicas insolventes.


Esta Ley ofrece la oportunidad de limpiar tu situación económica y poder empezar una nueva vida sin temores, amenazas, desamparos y exigencias imposibles de cumplir.


¿Quiénes pueden disfrutar de este beneficio de exoneración de deudas?

Pueden disfrutar de este beneficio de exoneración todas las personas físicas (sean empresarios o no) que se encuentren en situación de insolvência


La Ley de Segunda Oportunidad(LSO) se aplica a todo tipo de personas físicas (empresarios, autónomos o unidades familiares)

Requisitos para disfrutar del beneficio de exoneración de deudas.

Conforme establece la Ley de Segunda Oportunidad, pueden disfrutar de este beneficio aquellos que sean considerados deudores de buena fe. Se entiende que un deudor es de buena fe cuando se cumplan los siguientes

Que el concurso no haya sido declarado culpable.

Carecer de determinados antecedentes penales.

Que el deudor haya pagado los créditos contra la masa (los del propio concurso, es decir los honorarios del abogado y la retribución del administrador concursal fundamentalmente). Así como los créditos concursales privilegiados (fundamentalmente los de la hacienda pública y la seguridad social).

En resume estos son los requisitos de la nueva ley de la segunda oportunidad. (LSO)

Requisitos Nueva LSO

No haberse acogido a la LSO en los últimos 10 años

No tener antecedentes penales y deuda inferior a 5 milliones

Ser deudor de buena fe y demonstrar insolvencia

No haber sido declarado culpable del concurso de acreedores

¿Es posible acoger a la LSO com deuda con impagos?

Tener o haber tenido impagos y aparecer en listados de morosidad, como podría ser Asnef, RAI, es un inconveniente a la hora de conseguir cualquier tipo de financiación. Sin embargo, en “The Advisr” tenemos asesores especializados en la LSO qué te pueden ayudar a salir de los listados de morosidad, siempre y cuando se tengan los siguientes requisitos :

Tener una o más deudas y estar atrasado con tus pagos

Que tus deudas, sean en tarjetas de crédito, micro-créditos o préstamos personales

Tener el deseo y compromiso para dejar atrás tus deudas y comenzar una nueva vida.